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Adultos mayores tendrán contrato especial de trabajo

Una de las modificaciones legales que el Presidente Sebastián  Piñera  incorporó a su proyecto de Ley Integral de las personas mayores y de promoción   del envejecimiento positivo es al Código del Trabajo, en lo relativo al Contrato Especial del Trabajo del Adulto Mayor. Dicho contrato podrá considerar la distribución de la jornada en bandas  horarias o a libre elección.

También esta modificación incluye la regulación de la suspensión de los efectos del contrato de trabajo, una regla especial para el uso del feriado legal y los efectos que implica adquirir la calidad de trabajador adulto mayor.

Para los miembros de la Comisión del Adulto Mayor del Senado, que comenzará a tratar este tema,  tiene que quedar  muy claro y explícito para los adultos mayores, de manera que no haya problemas de interpretación respecto a su trabajo, en el Código del Trabajo, con  miras a la formalización y a compatibilizar funciones  y a la salud  de los adultos mayores, así como a la flexibilidad horaria.

El asesor legislativo  del Ministerio del Trabajo, Francisco del Río, que presentó  la propuesta  del Ejecutivo, hizo notar que el  elemento  ordenador fue otorgar  derechos que facilitarán la incorporación  del adulto mayor, no imponiéndole cargas excesivas, por lo que se trata de un contrato especial, inserto  en el Código del Trabajo.

Reconoció que uno de los temas de mayor debate  está  en la jornada laboral, por lo que, en general, podrá o no ser aplicada para los adultos mayores.

Respecto de estos contratos se requiere despejar cualquier duda en

relación  a su compatibilidad con las pensiones básicas solidarias, de manera que no se pierdan  los beneficios, lo que implica que gozaran de todos los derechos  del  nuevo Código.

La regulación  propone  que la contratación  debe basarse considerando la compatibilización de funciones  y la salud del adulto mayor.

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