
Adultos mayores tendrán contrato especial de trabajo
Una de las modificaciones legales que el Presidente Sebastián Piñera incorporó a su proyecto de Ley Integral de las personas mayores y de promoción del envejecimiento positivo es al Código del Trabajo, en lo relativo al Contrato Especial del Trabajo del Adulto Mayor. Dicho contrato podrá considerar la distribución de la jornada en bandas horarias o a libre elección.
También esta modificación incluye la regulación de la suspensión de los efectos del contrato de trabajo, una regla especial para el uso del feriado legal y los efectos que implica adquirir la calidad de trabajador adulto mayor.
Para los miembros de la Comisión del Adulto Mayor del Senado, que comenzará a tratar este tema, tiene que quedar muy claro y explícito para los adultos mayores, de manera que no haya problemas de interpretación respecto a su trabajo, en el Código del Trabajo, con miras a la formalización y a compatibilizar funciones y a la salud de los adultos mayores, así como a la flexibilidad horaria.
El asesor legislativo del Ministerio del Trabajo, Francisco del Río, que presentó la propuesta del Ejecutivo, hizo notar que el elemento ordenador fue otorgar derechos que facilitarán la incorporación del adulto mayor, no imponiéndole cargas excesivas, por lo que se trata de un contrato especial, inserto en el Código del Trabajo.
Reconoció que uno de los temas de mayor debate está en la jornada laboral, por lo que, en general, podrá o no ser aplicada para los adultos mayores.
Respecto de estos contratos se requiere despejar cualquier duda en
relación a su compatibilidad con las pensiones básicas solidarias, de manera que no se pierdan los beneficios, lo que implica que gozaran de todos los derechos del nuevo Código.
La regulación propone que la contratación debe basarse considerando la compatibilización de funciones y la salud del adulto mayor.

